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Aportes a seguridad social

Martes 26 Abr 2022
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Aportes a seguridad social
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Foto de contabilidad creado por katemangostar - www.freepik.es

 

La seguridad social es un servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del Estado. Este servicio es prestado por entidades públicas y privadas que buscan asegurar el bienestar de los trabajadores y sus familias. Brindando acceso a la asistencia médica, garantizando la seguridad del ingreso, en particular en caso de: vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes de trabajo, maternidad o pérdida del sostén de la familia.

Básicamente está conformada por el sistema de pensiones, de salud y de riesgos laborales.

 

Aportes a seguridad social en los trabajadores dependientes 

Los trabajadores dependientes o también conocidos como asalariados, son aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo.

El trabajador es el encargado de elegir la EPS y el fondo de pensión al que desea ser afiliado. La afiliación y desafiliación corren por cuenta del empleador, y es este quien debe realizar las respectivas cotizaciones al sistema, deduciendo previamente la parte que le corresponde aportar al trabajador.

En cuanto a la ARL, es el empleador el que elige a que administradoras de riesgos aportar.

 

Porcentajes de seguridad social

Los porcentajes a cotizar en seguridad social son los siguientes:

 

imagen 3 

 

Según el nivel del riesgo al que está expuesto el trabajador en su puesto de trabajo, se aplica el porcentaje en riesgos laborales:

 

 imagen 2

 

Exoneración de aportes al Régimen Contributivo de Salud

El artículo 114-1 del Estatuto Tributario establece que los empleadores personas jurídicas declarantes del impuesto sobre la renta y complementario y los empleadores personas naturales se encuentran exonerados de la cotización al Sistema de Seguridad Social en Salud cuando:

 

imagen 1

 

Por lo anterior, conviene precisar que el monto de los salarios se considera de manera individual por cada trabajador, no por la suma de los salarios de todos los trabajadores. Y además, la exoneración solo aplica para el empleador, es decir que, al trabajador le siguen descontando el 4% al momento de liquidar su nómina para pagar los aportes a salud que le corresponden.

En cuanto al régimen simple de tributación también aplica la exoneración al Régimen Contributivo de Salud. Así lo menciona el artículo 1.5.8.3.6 del Decreto 1625 de 2016, adicionado por el artículo 3 del Decreto 1468 de 2019: "Siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 114-1 del Estatuto Tributario, los contribuyentes del SIMPLE estarán exonerados de realizar los aportes parafiscales mencionados en este artículo, incluyendo los aportes al sistema de seguridad social en salud."

 

Pago de aportes a seguridad social

Los aportes a seguridad social se deben diligenciarse en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, más conocida como PILA. 

Recordemos que la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) es una ventanilla virtual que permite el pago integrado de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales en la cual los aportantes reportan la información para cada uno de los subsistemas en los que el cotizante está obligado a aportar.​ Incumplir este proceso pude traer graves consecuencias como sanciones económicas por parte de la UGPP.

 

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