Cada año, con el objetivo de llevar a cabo el recaudo de los impuestos, la DIAN establece unos topes tributarios para la declaración de renta en Colombia, relacionados con los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior.
¿En qué consiste el impuesto y la declaración de renta?
El impuesto sobre la renta es un impuesto creado con el objetivo de gravar los ingresos generados tanto por personas naturales como jurídicas durante un determinado período. Este impuesto lo conforman las rentas, las ganancias y las remesas (envío de dinero de un país a otro).
Por su parte, la declaración de renta es un documento en donde reposan los ingresos, egresos e inversiones de las personas naturales o jurídicas y que debe presentarse ante la DIAN, con el objetivo de que el Estado calcule si el contribuyente deberá o no pagar impuesto.
Contribuyentes no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios
No están obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2024 los contribuyentes que menciona el artículo 1.6.1.13.2.7 del decreto 2229 de 2023.
Topes para estar obligado a declarar renta en 2025
Las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2025:
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2024 sea igual o superior a $211.792.500
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $65.891.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $65.891.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $65.891.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $65.891.000
Con estos datos, podrás saber si debes declarar o no en el 2025.
¿En qué fecha debo presentar mi declaración de renta en 2025?
Lo primero es tener en cuenta el calendario tributario de la DIAN 2025. Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025 vencen los plazos para que las personas naturales presenten su impuesto de renta del año gravable 2024.
El plazo para presentar la declaración y cancelar en un sola cuota vence en las fechas que se indican a continuación, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT del declarante que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. Es muy importante hacerlo antes de la fecha indicada y así evitar posibles multas.
Dos últimos dígitos del NIT | Plazo límite para declarar |
01 y 02 | 12 de agosto de 2025 |
03 y 04 | 13 de agosto de 2025 |
05 y 06 | 14 de agosto de 2025 |
07 y 08 | 15 de agosto de 2025 |
09 y 10 | 19 de agosto de 2025 |
11 y 12 | 20 de agosto de 2025 |
13 y 14 | 21 de agosto de 2025 |
15 y 16 | 22 de agosto de 2025 |
17 y 18 | 25 de agosto de 2025 |
19 y 20 | 26 de agosto de 2025 |
21 y 22 | 27 de agosto de 2025 |
23 y 24 | 28 de agosto de 2025 |
25 y 26 | 29 de agosto de 2025 |
27 y 28 | 1 de septiembre de 2025 |
29 y 30 | 2 de septiembre de 2025 |
31 y 32 | 3 de septiembre de 2025 |
33 y 34 | 4 de septiembre de 2025 |
35 y 36 | 5 de septiembre de 2025 |
37 y 38 | 8 de septiembre de 2025 |
39 y 40 | 9 de septiembre de 2025 |
41 y 42 | 10 de septiembre de 2025 |
43 y 44 | 11 de septiembre de 2025 |
45 y 46 | 12 de septiembre de 2025 |
47 y 48 | 15 de septiembre de 2025 |
49 y 50 | 16 de septiembre de 2025 |
51 y 52 | 17 de septiembre de 2025 |
53 y 54 | 18 de septiembre de 2025 |
55 y 56 | 19 de septiembre de 2025 |
57 y 58 | 22 de septiembre de 2025 |
59 y 60 | 23 de septiembre de 2025 |
61 y 62 | 24 de septiembre de 2025 |
63 y 64 | 25 de septiembre de 2025 |
65 y 66 | 26 de septiembre de 2025 |
67 y 68 | 1 de octubre de 2025 |
69 y 70 | 2 de octubre de 2025 |
71 y 72 | 3 de octubre de 2025 |
73 y 74 | 6 de octubre de 2025 |
75 y 76 | 7 de octubre de 2025 |
77 y 78 | 8 de octubre de 2025 |
79 y 80 | 9 de octubre de 2025 |
81 y 82 | 10 de octubre de 2025 |
83 y 84 | 14 de octubre de 2025 |
85 y 86 | 15 de octubre de 2025 |
87 y 88 | 16 de octubre de 2025 |
89 y 90 | 17 de octubre de 2025 |
91 y 92 | 20 de octubre de 2025 |
93 y 94 | 21 de octubre de 2025 |
95 y 96 | 22 de octubre de 2025 |
97 y 98 | 23 de octubre de 2025 |
99 y 00 | 24 de octubre de 2025 |